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Venezuela: Corte suprema anula sentencias contra el congreso


Las últimas decisiones del gobierno de Venezuela ha generado protestas en la calles de su capital Caracas. Foto: Álvaro Algarra/VOA
Las últimas decisiones del gobierno de Venezuela ha generado protestas en la calles de su capital Caracas. Foto: Álvaro Algarra/VOA

El Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela suprimió las dos sentencias con las que asumía las competencias del Congreso y limitaba la inmunidad de los congresistas, se anunció el sábado.

Las sentencias provocaron una crisis política en el país y condenas internacionales.

Sin ofrecer mayores detalles de los alcances de las medidas, la institución indicó en su página de internet que se "suprime el contenido" de las sentencias que emitió esta semana.

El presidente del tribunal, Maikel Moreno, negó el sábado que esa instancia judicial haya despojado a la Asamblea Nacional de sus funciones, y sostuvo que reconocen la figura de la inmunidad parlamentaria.

Agregó que los conflictos entre los poderes deben ser resueltos de acuerdo a lo que prevé la constitución.

Este sábado 1 de abril, la comunidad venezolana incomoda con la decisiones tomadas por el gobierno del presidente Nicolás Maduro, salió a las calles a protestar. Foto: Álvaro Algarra/VOA
Este sábado 1 de abril, la comunidad venezolana incomoda con la decisiones tomadas por el gobierno del presidente Nicolás Maduro, salió a las calles a protestar. Foto: Álvaro Algarra/VOA

En un encuentro con diplomáticos, donde estuvo presente el vicepresidente Tareck El Aissami, Moreno dijo que el TSJ nunca hará nada que atente contra la estabilidad del país.

Las sentencias aclaratorias de la corte se dieron horas después que el presidente Nicolás Maduro pidió a esa instancia revisar sus decisiones luego que la fiscal general, Luisa Ortega Díaz, denunció que eran violatorias de la constitución y representaban una "ruptura del orden constitucional".

Oposición: "No ha habido cambio"

"No ha habido cambio", afirmó el sábado el presidente de la Asamblea Nacional, diputado Julio Borges, al fustigar las acciones del máximo tribunal, e insistió en que el "golpe de estado continua".

En un discurso que ofreció ante cientos de seguidores en una plaza del este de la capital, Borges dijo que la oposición seguirá adelante con sus acciones de calle para lograr las elecciones y un cambio político en Venezuela.

Al grito de "Venezuela despierta, es hora de protestar", y entre banderas venezolanas y carteles en los que se leía "el golpe contra la Asamblea Nacional es golpear contra el ciudadanía", cientos de manifestantes se concentraron este sábado en una plaza del este de la ciudad para participar en una manifestación contra la decisión del tribunal para limitar los poderes el Poder Legislativo.

Sentencias 155 y 156

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) informó que después de revisar los contenidos de las sentencias 155 y 156, publicadas el 28 y 29 de marzo respectivamente, aclaraba de oficio el contenido y suprimía las facultades supraconstitucionales de Nicolás Maduro, y la que le da a la Sala Constitucional las competencias de la Asamblea Nacional.

En la página web del TSJ se publicaron este 1° de abril las sentencias 157 y 158, la primera es una aclaratoria de la sentencia 155 que tiene que ver con la inmunidad parlamentaria. Una ponencia conjunta de la Sala decidió "suprimir dicho contenido" y "suprimir la cautelar 5.1.1." de esa decisión.

El punto 5.1.1 de la decisión final ordenaba a Maduro que ejerciera las "medidas internacionales que estime pertinentes y necesarias" para salvaguardar el orden constitucional.

Además el tomar medidas "civiles, económicas, militares, penales, administrativas, políticas, jurídicas y sociales" para evitar un estado de conmoción y la revisión de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, la Ley Contra la Corrupción, el Código Penal, el Código Orgánico Procesal Penal y el Código de Justicia Militar.

Los estudiantes universitarios empujan los escudos antidisturbios de los oficiales de la Guardia Nacional Bolivariana Venezolana durante una protesta fuera del Tribunal Supremo en Caracas, Venezuela, el viernes 31 de marzo de 2017.
Los estudiantes universitarios empujan los escudos antidisturbios de los oficiales de la Guardia Nacional Bolivariana Venezolana durante una protesta fuera del Tribunal Supremo en Caracas, Venezuela, el viernes 31 de marzo de 2017.

Mientras que la 158 aclara la sentencia 156, específicamente el punto 4.4, que se refería a la Sala Constitucional y ordenaba que esta garantizara las competencias parlamentarias al ejercerlas directamente ella misma o por medio del órgano que ella dispusiera. La nueva decisión suprime esa orden. Pero deja vigentes los demás puntos.

El Ejecutivo todavía puede constituir empresas mixtas sin la autorización de la Asamblea Nacional y este poder no podrá modificar las condiciones propuestas ni establecer otras condiciones.

Además, sobre la base del Estado de Excepción el jefe de Estado podrá modificar, mediante reforma, la ley de Hidrocarburos.

Sentencia 156

En la sentencia 156 se declaró la “omisión inconstitucional parlamentaria” y se advirtió “que mientras persista la situación de desacato y de invalidez de las actuaciones de la Asamblea Nacional, esta Sala Constitucional garantizará que las competencias parlamentarias sean ejercidas directamente por esta Sala o por el órgano que ella disponga, para velar por el Estado de Derecho”.

Las decisiones ocurren luego que el Consejo de Defensa de la Nación exhortara a revisar y aclarar los contenidos de las sentencias 155 y 156 por las declaraciones que hizo la fiscal general de la República, Luisa Ortega Díaz, quien aseguró que las decisiones del máximo tribunal significaban "violaciones al orden constitucional".

Después de menos de tres horas de disertación, el Consejo de Defensa de la Nación que fue convocado por el Presidente y al que no asistió ni el presidente de la AN Julio Borges, ni la Fiscal General, llegó a varios acuerdos para solucionar el conflicto entre el Ministerio Público y la Sala Constitucional del TSJ.

El vicepresidente Tareck El Aissami leyó un comunicado con seis decisiones.
El vicepresidente Tareck El Aissami leyó un comunicado con seis decisiones.

"Hemos llegado a un acuerdo de solución de esta controversia y puedo decir que con la lectura de este comunicado y la publicación de la aclaratoria y las correcciones respectivas de las sentencias 155 y 156 queda superado esta controversia, demostrando las capacidades de diálogo y resolución que se pueden activar por nuestra Constitución", dijo Maduro.

El primer punto leído por El Aissami fue ratificar que la Sala Constitucional es la máxima instancia para la solución de controversias constitucionales, así como los conflictos entre poderes.

El segundo fue exhortar al Tribunal Supremo de Justicia a que revisara y aclarara las sentencias 155 y 156 en pro de la “estabilidad institucional” y del “equilibrio de los poderes”.

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