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Chavismo elige integrantes del TSJ


Maduro destacó en días pasados la importancia para la llamada "Revolución" del control político del parlamento.
Maduro destacó en días pasados la importancia para la llamada "Revolución" del control político del parlamento.

Con mayoría simple, y sin los votos de la oposición, el oficialismo escogió a la mitad de los magistrados del Tribunal Supremo de Justicia.

Por mayoría simple el chavismo escogió a 16 de los 32 magistrados del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), a pesar de la abstención de la oposición.

Este 28 de diciembre se celebró la cuarta sesión extraordinaria convocada para llegar a un acuerdo y elegir a los magistrados con los 110 votos necesarios que exige la Constitución venezolana.

Sin embargo, en las tres sesiones anteriores la oposición se negó a votar debido a que, según la carta magna, ninguno de los postulados puede tener vinculación con tendencia política alguna.

"[El oficialismo ha] pretendido que ratifiquemos a unos funcionarios que han estado muy lejos de defender los intereses de los ciudadanos y que, por el contrario, han estado dispuestos a complacer las exigencias del actual gobierno”, dijo la diputada opositora Deyalitza Aray.

En protesta por la forma en que serían escogidos los nuevos integrantes del máximo tribunal venezolano, básicamente por mayoría simple, la oposición decidió retirarse del salón de sesiones de la Asamblea Nacional.

"No podemos avalar con nuestro voto esta absurda renovación de los poderes públicos", dijo Aray.

Mientras esto sucedía, el presidente del parlamento, el diputado del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV) Diosdado Cabello, les dijo "¡váyanse!".

La Constitución de Venezuela establece que para elegir los jueces del TSJ son necesarios los 2/3 de los votos del parlamento, es decir, 110 de los 165 diputados.

Para la selección fue aplicada la misma interpretación con la que la semana pasada fueron escogidos integrantes de la Fiscalía, Contraloría y Defensoría del Pueblo, conocidos en Venezuela como "Poder Moral".

El 19 de diciembre, el mismo TSJ hizo una interpretación del artículo 279 de la carta magna que establece que los funcionarios del Estado pueden elegirse con la mitad más uno de los diputados presentes al momento de la elección.

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